jueves, 19 de febrero de 2009

Rechazan juicio por despido de un basquetbolista contra la Asociación y el club Obras Sanitarias

BUENOS AIRES, feb 19 (DyN) – La Cámara laboral rechazó el reclamo de un jugador de básquetbol contra la Asociación de ese deporte y el club Obras Sanitarias porque consideró que por sus características se trata de una actividad amateur y las condiciones en que se desarrollan no implican una relación laboral.

La sentencia, dictada por la Sala Segunda de la Cámara, "rechazó la demanda por cobro de salarios adeudados al no considerar que entre el actor -jugador de básquetbol- y el Club Obras Sanitarias de la Nación haya existido un contrato de naturaleza laboral".

El fallo perjudicó las aspiraciones del jugador Andrés Berman, quien actuó para Obras Sanitarias entre abril de 2003 y enero de 2005, mediante un vínculo contractual por el cual "percibiría una contraprestación dineraria no sujeta a ningún tipo de retención por aportes jubilatorios, ni sociales de ningún tipo en concepto de becas pagaderas en forma mensual y obligatoria".

"La contraprestación pactada se fijó en 150 pesos mensuales hasta diciembre de 2003 y en 300 pesos a partir de enero de 2004", explica el fallo.

El estatuto del jugador de básquetbol establece que "a los efectos de su actividad deportiva puede estar relacionado o no a través de un contrato escrito con contraprestación económica o sin ella".

Sobre esa base, el fallo sostiene que Berman "no logró demostrar que el club lucrara con la actividad basquetbolística y, la presencia de eventuales sponsors no denota el desarrollo de una actividad lucrativa o comercial por parte de la entidad, sino sólo un medio lícito de cubrir los gastos que insume la organización de eventos deportivos".

"Tampoco se demostró que el club demandado haya obtenido ganancias económicas con el pase de los jugadores y, la escasa entidad económica de la contraprestación dineraria reconocida a Berman, impide en el caso considerar que haya llevado a cabo la prestación con el fin de enajenar su fuerza de trabajo a cambio de una remuneración", añade la sentencia, firmada por los jueces Miguel Angel Pirolo y Graciela González.

"De los testimonios reseñados no surge evidenciado que el actor haya sido contratado por el club demandado para que pusiera su capacidad de trabajo a disposición de este, a cambio de una remuneración", añadieron.

"En consecuencia, no demostrado que se trate de un deporte profesionalizado, su práctica reviste carácter amateur y ello excluye la onerosidad de la prestación y, por ende la operatividad de la presunción establecida en la Ley de Contrato de Trabajo", concluye el fallo.
Rechazan juicio por despido de un basquetbolista contra la Asociación y el club Obras Sanitarias

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